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Transparencia e Información Pública

Transparencia e Información Pública

Para promover la transparencia y la rendición de cuentas, y mantener la confianza de nuestra comunidad, el Centro Regional del Norte del Condado de Los Ángeles (NLACRC) brinda acceso oportuno a información pública sobre el centro y los servicios que contratamos. Al mismo tiempo que facilitamos el acceso a la información, cumplimos con las leyes federales y estatales aplicables en materia de confidencialidad de la información y los registros de los clientes.

1. Para promover la transparencia, incluimos en nuestro sitio web la siguiente información:

1.1. Formulario 990 del IRS. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5 (a)*]

1.2. Auditorías independientes anuales. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(1)]

1.3. Auditorías fiscales semestrales realizadas por el Departamento de Servicios para el Desarrollo. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(2)]

1.4. Una tabla salarial completa y actualizada para todas las clasificaciones de personal. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(3)]

1.5. Gastos del ejercicio fiscal anterior con cargo al presupuesto de operaciones del centro regional para todos los servicios administrativos, incluidos los servicios de gestión, consultoría, contabilidad, personal, relaciones laborales y servicios jurídicos, ya sean adquiridos mediante contrato escrito o de otro modo. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(3)]

1.6. Adjudicaciones de contratos, incluyendo la organización o entidad adjudicataria, así como el monto y el propósito de la adjudicación. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(4)]

1.7. Políticas de compra de servicios de los centros regionales. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(5)]

1.8. El nombre, tipo de servicio e información de contacto de todos los proveedores de servicios de compra, excepto los consumidores o los familiares de los consumidores. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(6)]

1.9. Agendas de las reuniones de la junta directiva y actas aprobadas de las reuniones públicas de la junta directiva y de todos los comités de la misma. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(7)]

1.10. Estatutos de la junta directiva del centro regional. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(8)]

1.11. El contrato de desempeño anual y el contrato de desempeño de fin de año celebrados con el Departamento de Servicios para el Desarrollo. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(9)]

1.12. La revisión bianual del programa de exención de servicios domiciliarios y comunitarios realizada por el Departamento de Servicios para el Desarrollo y el Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(10)]

1.13. La política de transparencia e información pública aprobada por la Junta. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(11)]

1.14. La política de conflicto de intereses aprobada por la Junta. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(12)]

1.15. Informes requeridos conforme a la Sección 4639.5. (Informe anual del DDS. Información contenida en la sección 1.4). [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(13)]

1.16. Un enlace a la página del sitio web del departamento, especificada en el apartado (d). [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(14)]

1.17. Los sueldos, salarios y beneficios para los empleados de todos los puestos directivos cuyo propósito principal sea la administración del centro regional, incluidos, entre otros, los directores y directores ejecutivos. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(15)]

1.18. Informes específicos del centro regional generados de conformidad con, y para los fines de, la subdivisión (h) de la Sección 4571. (Evaluaciones de calidad) [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5(b)(16)].

2. También proporcionamos acceso público oportuno a la información, que incluye, entre otros:

2.1. Información relativa a las solicitudes de propuestas y adjudicaciones de contratos. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5 (a)]

2.2. Tarifas de los proveedores de servicios. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5 (a)]

2.3. Documentación relativa al establecimiento de tarifas negociadas. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5 (a)]

2.4. Auditorías. [Código de Bienestar e Instituciones, §4629.5 (a)]

3. Procedimiento

3.1. Las solicitudes de información pública pueden realizarse conforme a la Ley de Registros Públicos de California (CPRA). Consulte la Política de la CPRA disponible en nuestro sitio web, en la pestaña de Transparencia.

3.2. El centro regional responderá al solicitante por escrito o por correo electrónico en un plazo de 10 días hábiles, informándole si los registros están disponibles y si se proporcionarán, y cuándo. El NLACRC podrá conceder una prórroga de 14 días para responder en determinadas circunstancias, según lo estipulado en la política de la CPRA.

3.3. Si los registros están disponibles en el sitio web de NLACRC, se remitirá al solicitante al sitio web para obtener la información.

3.4. Las solicitudes de registros, tanto por escrito como por correo electrónico, deberán dirigirse al siguiente departamento de NLACRC:

Especialista en Registros Públicos
Centro Regional del Norte del Condado de Los Ángeles
9200 Avenida Oakdale
Chatsworth, CA 91311
publicrecordsact@nlacrc.org

3.5. Si los registros no están disponibles en el sitio web, el centro regional podrá: 1) proporcionar una copia de los registros al solicitante; 2) notificar al solicitante cuándo estarán disponibles los registros; o 3) informar al solicitante que los registros no están disponibles o que no están sujetos a divulgación pública.

3.5.1 Si la solicitud incluye varios registros, se informará al solicitante que los registros pueden consultarse en el centro regional. En este caso, se establecerá un horario acordado mutuamente para que el solicitante consulte los registros. La necesidad de recopilar datos, escribir un lenguaje de programación o un programa informático, o construir un informe informático para extraer datos.

3.5.2 La necesidad de buscar, recopilar y examinar adecuadamente los registros durante un estado de emergencia proclamado por el Gobernador en la jurisdicción donde se encuentra la agencia cuando el estado de emergencia afecta actualmente, debido al estado de emergencia, la capacidad de la agencia para responder oportunamente a las solicitudes debido a la escasez de personal o al cierre de las instalaciones donde se encuentran los registros solicitados.

3.6. El centro regional no divulgará ninguna información o registro que esté exento de divulgación por ley o reglamento o que esté prohibido por la Sección 4514 del Código de Bienestar e Instituciones.

3.7. El centro regional cobrará una tarifa de $0.10 por página, más el costo del franqueo, por la duplicación de registros o si estos se envían por correo. NLACRC informará al solicitante del costo estimado, si lo hubiere, para atender su solicitud antes de entregar cualquier registro. El pago de las tarifas debe recibirse antes de la entrega de los registros. El centro regional no cobrará ninguna tarifa por la duplicación de registros que existan en formato electrónico. Las personas atendidas y/o sus representantes autorizados pueden seguir solicitando copias de sus propios registros en cualquier momento, sin costo alguno.